Si se tiene antigüedad superior a tres años, puede conducir motocicletas de las que autoriza a conducir el permiso de la clase A1, sólo por territorio nacional.
Cuatriciclos de motor.
Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg y cuyo número de asientos, incluido el del conductor, no exceda de nueve. Dichos automóviles podrán arrastrar un remolque o semiremolque:
Que no supere los 750 kg de MMA sin niguna limitación.
Que supere los 750 kg si el conjunto no supera los 3.500 kg de MMA.
De más de 750 kg, si el conjunto supera los 3.500 kg y no sobrepasa los 4.250 kg. En este caso, es necesario superar una prueba de control de aptitudes y comportamientos o una formación, (autorización B-96).
Vehículos especiales no agrícolas y sus conjuntos cuya velocidad máxima autorizada no sea superior a 40 km/h y su MMA no sea superior a 3.500 kg.
Vehículos especiales agrícolas autopropulsados o sus conjuntos.